- Entre empresas, el plazo legal de pago es de 30 días naturales desde la entrega de la mercancía o la prestación del servicio, y como máximo 60 días si se pacta.
- Si pagas tarde, el proveedor tiene derecho a intereses de demora (10,40 % en el segundo semestre de 2026) y a 40 € por costes de cobro, sin necesidad de reclamarlos.
- Las sociedades tienen que informar de su periodo medio de pago a proveedores en la memoria de las cuentas anuales.
- Para pedir una subvención de más de 30.000 €, la empresa tiene que acreditar que cumple los plazos legales de pago.
¿Cuál es el plazo legal de pago a proveedores?
En las operaciones entre empresas, la Ley 3/2004 de lucha contra la morosidad fija un plazo de pago de 30 días naturales si las partes no pactan otro. Las partes pueden ampliarlo, pero nunca más allá de 60 días naturales.
| Situación | Plazo |
|---|---|
| Sin pacto entre las partes | 30 días naturales |
| Con pacto | Hasta 60 días naturales, nunca más |
| Procedimiento de aceptación o comprobación | Hasta 30 días; el plazo de pago cuenta desde la aceptación |
| Agrupación de facturas | Facturas de hasta 15 días en un mismo documento, pagadas dentro de los 60 días |
¿Desde cuándo se cuenta el plazo?
Desde que recibes la mercancía o el servicio, no desde que recibes la factura. Es el error más habitual: si el material llegó el día 1 y la factura el día 20, el plazo empezó el día 1. Por eso importa registrar bien las entradas de mercancía en el ERP; sin esa fecha no sabes cuándo vence de verdad cada factura.
¿Qué pasa si pagas tarde?
El proveedor tiene derecho, sin necesidad de reclamarlo antes, a dos cosas:
- Intereses de demora al tipo legal: el tipo del Banco Central Europeo más 8 puntos. El Tesoro lo publica cada semestre en el BOE; para el segundo semestre de 2026 es el 10,40 %.
- Una indemnización fija de 40 € por costes de cobro, a la que se suman los costes que pueda acreditar por encima de esa cantidad.
En la práctica muchos proveedores no los reclaman para no tensar la relación, pero el derecho existe y se puede ejercer en cualquier momento.
¿Se puede pactar otra cosa con el proveedor?
Se puede pactar un plazo de hasta 60 días, pero no renunciar a la protección de la ley. Las cláusulas sobre plazos, intereses o costes de cobro que sean manifiestamente abusivas para el proveedor son nulas, y la ley presume abusivo, por ejemplo, un tipo de interés pactado un 70 % inferior al legal.
¿Qué es el periodo medio de pago y quién lo publica?
Es el número medio de días que tarda la empresa en pagar a sus proveedores. Todas las sociedades mercantiles tienen que incluirlo en la memoria de sus cuentas anuales. Las cotizadas y las que no pueden presentar cuentas abreviadas, además, tienen que publicarlo en su web si tienen una, junto con el importe y el número de facturas pagadas dentro del plazo legal y su porcentaje sobre el total.
¿Afecta a las subvenciones?
Sí. Desde la Ley 18/2022 (Crea y Crece), para obtener una subvención de más de 30.000 € las empresas sujetas a la ley de morosidad tienen que acreditar que cumplen los plazos legales de pago (art. 13.3 bis de la Ley General de Subvenciones). Pagar tarde de forma sistemática puede cerrar la puerta a ayudas públicas.
¿Cómo cumplir los plazos sin perder el control?
Pagar a tiempo no significa pagar sin revisar. El cuello de botella suele estar en las facturas bloqueadas: una diferencia de precio o de cantidad que nadie resuelve hace que la factura se quede parada mientras el plazo sigue corriendo.
- Registra la fecha de entrada de cada entrega: es la que marca el vencimiento.
- Coteja cada factura con su pedido y su albarán en cuanto llega, no a final de mes.
- Pon un plazo interno para resolver cada excepción, con un responsable.
- Mide cada mes el periodo medio de pago y las facturas fuera de plazo, no solo al cerrar el año.
Iris, el agente de auditoría de facturas de Traza, coteja cada factura al llegar, contabiliza las que cuadran y resuelve las diferencias con el proveedor, para que las excepciones no se coman el plazo de pago. Si quieres ver cómo funciona el cotejo, lo explicamos en la guía de conciliación a tres bandas.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el plazo máximo de pago a proveedores en España?
Entre empresas, 30 días naturales desde la entrega de los bienes o la prestación del servicio si no se pacta otra cosa, y nunca más de 60 días naturales aunque se pacte (Ley 3/2004, art. 4).
¿El plazo empieza a contar desde la factura?
No. Cuenta desde la recepción de la mercancía o la prestación del servicio. Si hay un procedimiento de aceptación o comprobación, este no puede durar más de 30 días y el plazo de pago empieza a contar desde la aceptación.
¿Qué interés de demora se aplica en 2026?
El tipo legal es el del BCE más 8 puntos y se publica cada semestre en el BOE. Para el segundo semestre de 2026 es el 10,40 %.
¿Puedo pactar 90 días con un proveedor?
No entre empresas. El límite es de 60 días naturales y una cláusula que lo supere puede declararse nula si resulta manifiestamente abusiva para el proveedor.
¿Se pueden agrupar facturas para pagarlas juntas?
Sí. La ley permite agrupar en un mismo documento las facturas de un periodo de hasta 15 días, siempre que el pago se haga dentro del plazo máximo de 60 días.
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Fuentes
Este artículo es informativo y no sustituye al asesoramiento legal. Las referencias normativas corresponden a España; comprueba los requisitos que aplican a tu caso.
